Términos y condiciones generales
Índice:
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Ámbito de aplicación
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de reflexión
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y sus costes
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y ejecución
Artículo 14 - Operaciones de duración: duración, rescisión y renovación
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
Artículo 17 - Controversias
Artículo 18 - Garantía del sector
Artículo 19 - Disposiciones adicionales o divergentes
Artículo 20 - Modificación de las Condiciones Generales de Thuiswinkel
Artículo 1 - Definiciones
En estas condiciones se entiende por:
- Contrato adicional: un contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios en relación con un contrato a distancia, y dichos bienes, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero en virtud de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario;
- Plazo de reflexión: el período durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
- Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional;
- Día: día natural;
- Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
- Contrato de tracto sucesivo: un contrato que tiene por objeto el suministro periódico de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un período determinado;
- Soporte duradero: cualquier herramienta —incluido el correo electrónico— que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de manera que pueda consultarse o utilizarse posteriormente durante un período adecuado al fin para el que se destina la información y que permita reproducir sin cambios la información almacenada;
- Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia durante el plazo de reflexión;
- Empresario: la persona física o jurídica que es miembro de Thuiswinkel.org y ofrece a distancia productos, contenidos digitales (o acceso a estos) y/o servicios a los consumidores;
- Contrato a distancia: un contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato inclusive, se utiliza exclusivamente o conjuntamente una o más técnicas de comunicación a distancia;
- Formulario modelo de desistimiento: formulario modelo europeo de desistimiento incluido en el Anexo I de estas condiciones; el Anexo I no deberá ponerse a disposición del consumidor si este no tiene derecho de desistimiento respecto de su pedido;
- Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario tengan que encontrarse simultáneamente en el mismo espacio.
Artículo 2 - Identidad del empresario
Riverwood International BV, parte de JP Brandstores BV
Saffierborch 16
5241 LN Rosmalen
Número de teléfono: 0735220873
Dirección de correo electrónico: info@riverwoodpetfood.com
De lunes a viernes, de 09:00 a 17:00
Número de registro mercantil: 17272910
Número de IVA: NL821755936B01
Artículo 3 - Aplicabilidad
- Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
- Antes de celebrarse el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario indicará, antes de celebrarse el contrato a distancia, de qué manera pueden consultarse las condiciones generales en sus instalaciones y que, a solicitud del consumidor, se le enviarán gratuitamente lo antes posible.
- Si el contrato a distancia se celebra por medios electrónicos, como excepción a lo dispuesto en el apartado anterior y antes de celebrarse el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor por medios electrónicos de tal forma que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrarse el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por medios electrónicos y que, a solicitud del consumidor, se le enviarán gratuitamente por medios electrónicos o de cualquier otra forma.
- En caso de que, además de estas condiciones generales, también sean aplicables condiciones específicas para productos o servicios, el segundo y tercer apartado se aplicarán mutatis mutandis y, en caso de condiciones contradictorias, el consumidor siempre podrá invocar la disposición aplicable que le resulte más favorable.
Artículo 4 - La oferta
- Si una oferta tiene un período de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta.
- La oferta incluirá una descripción completa y precisa de los productos, el contenido digital y/o los servicios ofrecidos. La descripción será lo suficientemente detallada para que el consumidor pueda valorar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas representarán fielmente los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores o equivocaciones manifiestos en la oferta no obligarán al empresario.
- Toda oferta incluirá información suficiente para que el consumidor comprenda claramente cuáles son los derechos y obligaciones asociados a su aceptación.
Artículo 5 - El contrato
- Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se celebra en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas al respecto.
- Si el consumidor ha aceptado la oferta por medios electrónicos, el empresario confirmará sin demora y por medios electrónicos la recepción de dicha aceptación. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
- Si el contrato se celebra electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario aplicará las medidas de seguridad adecuadas.
- El empresario podrá, dentro de los límites legales, informarse sobre si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como sobre todos los hechos y factores relevantes para celebrar responsablemente el contrato a distancia. Si, basándose en esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar de forma motivada un pedido o una solicitud, o para supeditar su ejecución a condiciones especiales.
- El empresario enviará al consumidor, a más tardar en el momento de la entrega del producto, la prestación del servicio o el contenido digital, la siguiente información por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla fácilmente en un soporte de datos duradero:
- la dirección de visita del establecimiento del empresario al que el consumidor puede acudir para presentar reclamaciones.
- las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara sobre la exclusión de dicho derecho;
- la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
- el precio del producto, servicio o contenido digital, incluidos todos los impuestos; cuando proceda, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
- los requisitos para rescindir el contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
- si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el formulario modelo de desistimiento.
6. En el caso de una transacción de duración determinada, la disposición del apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
- El consumidor puede rescindir un contrato relativo a la compra de un producto durante un plazo de reflexión de 14 días sin indicar los motivos. El empresario puede preguntar al consumidor por el motivo del desistimiento, pero no puede obligarlo a indicar sus motivos.
- El plazo de reflexión mencionado en el apartado 1 comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero previamente designado por el consumidor que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
- si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El empresario podrá rechazar un pedido de varios productos con distintos plazos de entrega, siempre que haya informado previamente al consumidor de ello de forma clara antes del proceso de pedido.
- si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o la última parte;
- en los contratos de suministro periódico de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de reflexión
- Durante el plazo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar su naturaleza, características y funcionamiento. El principio aplicable es que el consumidor solo puede manipular e inspeccionar el producto del mismo modo que se le permitiría hacerlo en una tienda.
- El consumidor solo será responsable de la disminución del valor del producto resultante de una manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
- El consumidor no será responsable de la disminución del valor del producto si el empresario no le ha proporcionado, antes o en el momento de celebrar el contrato, toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento.
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes asociados
- Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, lo comunicará al empresario dentro del plazo de reflexión mediante el formulario modelo de desistimiento o de cualquier otra forma inequívoca.
- Lo antes posible, pero en un plazo máximo de 14 días a partir del día siguiente a aquel en que se haya comunicado lo indicado en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no será necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto. En cualquier caso, el consumidor habrá respetado el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que haya expirado el plazo de reflexión.
- El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y de conformidad con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
- El consumidor asumirá el riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento.
- El consumidor asumirá los costes directos de devolución del producto. Si el empresario no informó al consumidor de que debía asumir dichos costes o indica que los asumirá por su cuenta, el consumidor no tendrá que pagar los costes de devolución.
- Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no se hayan preparado para la venta en un volumen o cantidad determinados comience durante el plazo de reflexión, deberá abonar al empresario un importe proporcional a la parte de la obligación cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento total de la obligación.
- El consumidor no asumirá ningún coste por la ejecución de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad que no se hayan preparado para la venta en un volumen o cantidad limitados, ni por el suministro de calefacción urbana, si:
- el empresario no ha proporcionado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los costes en caso de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento; o
- el consumidor no ha solicitado expresamente que la ejecución del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana comience durante el plazo de reflexión.
8. El consumidor no asumirá ningún coste por la entrega total o parcial de contenido digital no suministrado en un soporte material, si:
- no haya aceptado expresamente, antes de la entrega, que la ejecución del contrato comience antes de que finalice el plazo de reflexión;
- no haya reconocido que pierde su derecho de desistimiento al otorgar su consentimiento; o
- el empresario no ha confirmado esta declaración del consumidor.
9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos adicionales quedarán rescindidos de pleno derecho.
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
- Si el empresario permite que el consumidor comunique el desistimiento por medios electrónicos, enviará inmediatamente una confirmación de recepción tras recibir dicha comunicación.
- El empresario reembolsará todos los pagos realizados por el consumidor, incluidos los posibles gastos de entrega cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora indebida y, en cualquier caso, en un plazo de 14 días a partir del día en que el consumidor le comunique el desistimiento. Salvo que el empresario se ofrezca a recoger el producto, podrá aplazar el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que lo ha devuelto, según qué condición se cumpla primero.
- El empresario utilizará para el reembolso el mismo medio de pago que el consumidor utilizó, salvo que el consumidor acepte otro método. El reembolso no tendrá ningún coste para el consumidor.
- Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más económica, el empresario no está obligado a reembolsar los costes adicionales del método más caro.
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero únicamente si lo ha indicado claramente en la oferta o, como mínimo, con la debida antelación antes de celebrar el contrato:
- Productos o servicios cuyo precio depende de fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia y que pueden producirse durante el plazo de desistimiento
- Contratos celebrados durante una subasta pública. Se entiende por subasta pública un método de venta en el que el empresario ofrece productos, contenidos digitales y/o servicios al consumidor que está presente personalmente o tiene la posibilidad de estar presente personalmente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el postor ganador está obligado a adquirir los productos, contenidos digitales y/o servicios;
- Contratos de servicios, una vez que el servicio se haya ejecutado íntegramente, pero únicamente si:
- la ejecución haya comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
- el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento en cuanto el empresario haya ejecutado íntegramente el contrato;
- Contratos de servicios para el suministro de alojamiento, si el contrato prevé una fecha o un período de ejecución específicos y para fines distintos de la vivienda, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y catering;
- Contratos relacionados con actividades de ocio, si en el contrato se ha previsto una fecha o un período determinados para su ejecución;
- Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no sean prefabricados y se fabriquen sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona específica;
- Productos que se deterioren rápidamente o tengan una vida útil limitada;
- Productos precintados que no sean aptos para su devolución por razones de protección de la salud o higiene y cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
- Productos que, por su naturaleza, se mezclen irrevocablemente con otros productos después de la entrega;
- Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado al celebrar el contrato, pero cuya entrega solo pueda efectuarse después de 30 días y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tenga influencia;
- Grabaciones de audio o vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
- Periódicos, revistas o magazines, con excepción de las suscripciones a estos;
- El suministro de contenido digital que no se entregue en un soporte material, pero únicamente si:
- la ejecución haya comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
- el consumidor ha declarado que, por ello, pierde su derecho de desistimiento.
Artículo 11 - El precio
- Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no aumentarán, salvo las modificaciones de precio derivadas de cambios en los tipos del IVA.
- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario puede ofrecer a precios variables productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que no tenga influencia. Esta sujeción a fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados, en su caso, sean precios orientativos se indicarán en la oferta.
- Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si son consecuencia de disposiciones o normativas legales.
- Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario los ha estipulado y:
- este sea consecuencia de disposiciones o normativas legales; o
- el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
- Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
- El empresario garantiza que los productos o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de calidad y/o utilidad, así como las disposiciones legales y/o normas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario también garantiza que el producto es adecuado para un uso distinto del normal.
- Una garantía adicional concedida por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limitará los derechos y reclamaciones legales que el consumidor pueda hacer valer frente al empresario en virtud del contrato si este ha incumplido sus obligaciones contractuales.
- Por garantía adicional se entiende cualquier compromiso del empresario, su proveedor, importador o fabricante por el que se concedan al consumidor determinados derechos o reclamaciones que vayan más allá de lo que está legalmente obligado a conceder en caso de incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Artículo 13 - Entrega y ejecución
- El empresario actuará con la máxima diligencia posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
- Se considerará lugar de entrega la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
- Sin perjuicio de lo dispuesto al respecto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la mayor diligencia posible y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega sufre un retraso o si un pedido no puede ejecutarse, o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor será informado de ello como máximo 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin costes y a una eventual indemnización por daños y perjuicios.
- Tras la resolución conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe abonado por el consumidor.
- El riesgo de deterioro o pérdida de los productos correrá a cargo del empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Artículo 14 - Operaciones de duración: duración, rescisión y renovación
Rescisión:
- El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
- El consumidor podrá rescindir en cualquier momento, al final del período determinado, un contrato celebrado por un período determinado para la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
- El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
- rescindirlo en cualquier momento y no limitarse a la rescisión en una fecha determinada o durante un período determinado;
- rescindirlo al menos de la misma manera en que lo celebró;
- rescindirlo siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.
Prórroga:
- Un contrato celebrado por un período determinado para la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un período determinado.
- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por un período determinado para la entrega periódica de diarios, periódicos, semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de un máximo de tres meses, si el consumidor puede rescindir el contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
- Un contrato celebrado por un período determinado para la entrega periódica de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes. El plazo de preaviso será como máximo de tres meses cuando el contrato contemple la entrega periódica, aunque menos de una vez al mes, de diarios, periódicos, semanarios y revistas.
- Un contrato de duración limitada para la entrega periódica de diarios, periódicos, semanarios y revistas con fines de prueba o conocimiento (suscripción de prueba o de introducción) no se prorroga tácitamente y finaliza automáticamente al término del período de prueba o de introducción.
Duración:
- Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento después de un año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice la duración acordada.
Artículo 15 - Pago
- Salvo que se estipule lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir del inicio del plazo de reflexión o, si no existe dicho plazo, en un plazo de 14 días a partir de la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
- En la venta de productos a consumidores, las condiciones generales nunca podrán obligar al consumidor a pagar por adelantado más del 50 %. Cuando se haya acordado un pago anticipado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) hasta que se haya efectuado el pago anticipado acordado.
- El consumidor tiene la obligación de comunicar inmediatamente al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
- Si el consumidor no cumple puntualmente sus obligaciones de pago, una vez que el empresario le haya informado del retraso en el pago y le haya concedido un plazo de 14 días, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, para cumplir aún con sus obligaciones de pago, si no se efectúa el pago dentro de este plazo de 14 días, deberá pagar intereses legales sobre el importe aún adeudado, y el empresario tendrá derecho a cobrar los gastos extrajudiciales de recaudación en los que haya incurrido. Estos gastos de recaudación ascenderán como máximo a: el 15 % sobre los importes pendientes de hasta 2.500 €; el 10 % sobre los 2.500 € siguientes y el 5 % sobre los 5.000 € siguientes, con un mínimo de 40 €. El empresario podrá apartarse de los importes y porcentajes indicados en beneficio del consumidor.
Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
- El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente divulgado y tramita la reclamación de conformidad con dicho procedimiento.
- Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario dentro de un plazo razonable después de que el consumidor haya constatado los defectos, descritas de forma completa y clara.
- Las reclamaciones presentadas al empresario recibirán respuesta en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un plazo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
- También se puede presentar una reclamación sobre un producto, servicio o la atención del empresario mediante un formulario de reclamaciones en la página para consumidores del sitio web de Thuiswinkel.org, www.thuiswinkel.org. La reclamación se enviará tanto al empresario correspondiente como a Thuiswinkel.org.
- El consumidor deberá conceder al empresario, en cualquier caso, un plazo mínimo de 4 semanas para resolver la reclamación de mutuo acuerdo. Una vez transcurrido este plazo, surgirá una controversia susceptible de someterse al procedimiento de resolución de controversias.
Artículo 17 - Controversias
- En los acuerdos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales, se aplicará exclusivamente la legislación neerlandesa.
- Las controversias entre el consumidor y el empresario sobre la celebración o ejecución de contratos relativos a productos y servicios que este empresario deba suministrar o haya suministrado podrán ser sometidas, tanto por el consumidor como por el empresario, a la Comisión de Controversias Thuiswinkel, Postbus 90600, 2509 LP en La Haya (www.sgc.nl), con sujeción a lo dispuesto a continuación.
- La Comisión de Controversias solo tramitará una controversia si el consumidor ha presentado previamente su reclamación al empresario en un plazo razonable.
- Si la reclamación no conduce a una solución, la controversia deberá someterse por escrito, o en otra forma que determine la Comisión, a la Comisión de Controversias a más tardar 12 meses después de la fecha en que el consumidor presentó la reclamación al empresario.
- Cuando el consumidor desee someter una controversia a la Comisión de Controversias, el empresario estará obligado a respetar esta elección. Preferentemente, el consumidor deberá comunicarlo primero al empresario.
- Cuando el empresario desee someter una controversia a la Comisión de Controversias, el consumidor deberá comunicar por escrito, en un plazo de cinco semanas desde la solicitud escrita del empresario, si también desea hacerlo o si desea que la controversia sea tramitada por el tribunal competente. Si el empresario no recibe la elección del consumidor dentro del plazo de cinco semanas, tendrá derecho a someter la controversia al tribunal competente.
- La Comisión de Controversias dictará resolución conforme a las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión de Controversias. Las decisiones de la Comisión de Controversias se emiten mediante un dictamen vinculante.
- La Comisión de Controversias no tramitará una controversia o interrumpirá su tramitación si, antes de que la comisión haya examinado la controversia en la audiencia y haya emitido una resolución definitiva, se ha concedido al empresario una moratoria de pagos, este ha sido declarado en quiebra o ha cesado efectivamente sus actividades empresariales.
- Si, además de la Comisión de Controversias Thuiswinkel, otra comisión de controversias reconocida o afiliada a la Stichting Geschillencommissies voor Consumentenzaken (SGC) o al Klachteninstituut Financiële Dienstverlening (Kifid) es competente, la Comisión de Controversias Thuiswinkel será preferentemente competente para las controversias relativas principalmente al método de venta o a la prestación de servicios a distancia. Para todas las demás controversias, será competente la otra comisión de controversias reconocida o afiliada a la SGC o al Kifid.
Artículo 18 - Garantía del sector
- Thuiswinkel.org garantiza el cumplimiento de las decisiones vinculantes de la Comisión de Litigios Thuiswinkel por parte de sus miembros, salvo que el miembro decida someter la decisión vinculante a revisión judicial dentro de los dos meses siguientes a su envío. Esta garantía volverá a ser aplicable si, tras la revisión judicial, la decisión vinculante se mantiene y la sentencia que lo confirme adquiere firmeza. Hasta un importe máximo de 10.000 € por decisión vinculante, Thuiswinkel.org abonará dicho importe al consumidor. Para importes superiores a 10.000 € por decisión vinculante, se abonarán 10.000 €. Por el importe restante, Thuiswinkel.org se compromete a realizar esfuerzos para garantizar que el miembro cumpla la decisión vinculante.
- Para aplicar esta garantía, el consumidor debe presentar una reclamación por escrito ante Thuiswinkel.org y ceder a Thuiswinkel.org su derecho de reclamación frente al empresario. Si el derecho de reclamación frente al empresario supera los 10.000 €, se ofrecerá al consumidor ceder a Thuiswinkel.org la parte que exceda de 10.000 €, tras lo cual dicha organización reclamará judicialmente, en su propio nombre y por su cuenta, el pago de dicha cantidad para satisfacer al consumidor.
Artículo 19 - Disposiciones adicionales o divergentes
Las disposiciones adicionales o que difieran de estas condiciones generales no podrán perjudicar al consumidor y deberán constar por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte duradero.
Artículo 20 - Modificación de las Condiciones Generales de Thuiswinkel
- Las modificaciones de estas condiciones solo entrarán en vigor una vez que se hayan publicado de la manera correspondiente, con la salvedad de que, en caso de modificaciones aplicables durante la vigencia de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable para el consumidor.
Thuiswinkel.org
www.thuiswinkel.org
Horaplantsoen 20, 6717 LT Ede
Apartado de correos 7001, 6710 CB Ede
Anexo I: Formulario modelo de desistimiento
(complete y envíe este formulario únicamente si desea revocar el contrato)
A: Riverwood International BV
Saffierborch 16
5241 LN Rosmalen
Correo electrónico: info@riverwoodpetfood.com
- Por la presente, le comunico/comunicamos* que revoco/revocamos* nuestro contrato relativo a
la venta de los siguientes productos: [descripción del producto]*
la entrega del siguiente contenido digital: [descripción del contenido digital]*
la prestación del siguiente servicio: [descripción del servicio]*,
revoco/revocamos*
- Pedido el*/recibido el* [fecha del pedido en el caso de servicios o de recepción en el caso de productos]
- [Naam consumenten(en)]
- [Adres consument(en)]
- [Firma del/de los consumidor(es)] (solo cuando este formulario se presente en papel)
* Tache lo que no corresponda o complete lo que corresponda.